Es muy habitual que surjan dudas sobre cuál es la legislación vigente a la hora de acometer el cerramiento de una terraza tanto si es para un edificio como en la vía pública, en el caso de una empresa de la hostelería, restauración y hoteles. En el siguiente artículo desgranamos las bases a tener en cuenta si nos disponemos a realizar un cerramiento. Es importante saber cuál es la normativa a cumplir según la ciudad en la que nos encontremos.
En el caso de los edificios el cerramiento de terrazas es diferente si sucede en la vía pública para explotación hostelera, por eso, establecemos las diferencias y recogemos qué hay que tener en cuenta en cada caso.
Legislación cerramiento de terrazas en edificios
Cuando vamos a llevar a cabo un cerramiento en nuestro edificio debemos saber qué dice la Ley de la Propiedad Horizontal en esta materia, pues es el eje central. Según dicha ley, la propiedad que quiera realizar el cerramiento debe contar con una autorización administrativa concedida por el ayuntamiento u otro órgano de gobierno local.
Una vez se cuenta con esta autorización administrativa lo siguiente será tratar el asunto con la comunidad de propietarios del edificio para conseguir su aprobación por mayoría. Según la mencionada ley, el interesado en el cerramiento deberá contar con el consentimiento de ? partes de la comunidad de vecinos propietarios. En Mundo Jurídico aportan algunos detalles más que son interesantes sobre este punto. Hay que destacar que en los casos de cerramientos acristalados no suelen existir inconvenientes para su instalación y las autorizaciones del ayuntamiento, con la colaboración de la junta de la comunidad de propietarios, se aceptan casi en su totalidad.
Legislación cerramiento de terrazas en la vía pública
Si el trabajo de cerramiento de terraza no es en un edificio, sino que está ubicada en la vía pública, en la mayoría de los casos, las ciudades y gobiernos locales cuentan con normativas reguladoras de la instalación o cerramiento de terrazas en la vía pública. En este tipo de ordenanzas se detalla los requisitos, solicitudes y disposiciones generales y particulares del cerramiento de la terraza. Igualmente, las comunidades autónomas recogen algunas disposiciones generales sobre la ocupación de las calles y plazas para la explotación hostelera mediante ciertos decretos.
Resulta muy difícil reunir cada una de las bases reguladoras existentes en cada ciudad española. Generalmente es muy fácil de encontrar y está disponible en la inmensa mayoría de las páginas webs de los ayuntamientos de las localidades españolas. Igualmente, siempre puede acudir a las dependencias del consistorio en cuestión para recabar toda la información.
A continuación, se enlaza a las distintas normativas vigentes en las principales ciudades de España (hay que tener en cuenta modificaciones en las ordenanzas locales posteriores a la publicación de este artículo). Acristalia cuenta con un equipo de técnicos que podrá resolver cualquier tipo de duda sobre nuestro producto.
Ordenanza reguladora de terrazas de Madrid.
Ordenanza de terrazas de Barcelona.
Ordenanza de terrazas de Bilbao.
Ordenanza de terrazas de Valencia.
Ordenanza de terrazas de Sevilla.
Ordenanza de terrazas de Málaga.
Ordenanzas de terrazas de Mallorca.
¿Pensando en instalar un cerramiento?